Tabla del IRPF en la Comunidad Valenciana (2025)
La Agencia Tributaria Valenciana (ATV) cuenta con una de las tarifas más fragmentadas del país, con un total de 14 tramos. Esto permite ajustar milimétricamente la progresividad: bajando impuestos a las rentas más bajas y penalizando fuertemente a las rentas muy altas.
| Tramo IRPF 2025 | Tipo Estatal | Tipo Autonómico | Tipo total |
|---|---|---|---|
| 0 € - 12.000 € | 9.50% | 9.00% | 18.50% |
| 12.000 € - 12.450 € | 9.50% | 12.00% | 21.50% |
| 12.450 € - 20.200 € | 12.00% | 12.00% | 24.00% |
| 20.200 € - 22.000 € | 15.00% | 12.00% | 27.00% |
| 22.000 € - 32.000 € | 15.00% | 15.00% | 30.00% |
| 32.000 € - 35.200 € | 15.00% | 17.50% | 32.50% |
| 35.200 € - 42.000 € | 18.50% | 17.50% | 36.00% |
| 42.000 € - 52.000 € | 18.50% | 20.00% | 38.50% |
| 52.000 € - 60.000 € | 18.50% | 22.50% | 41.00% |
| 60.000 € - 62.000 € | 22.50% | 22.50% | 45.00% |
| 62.000 € - 65.000 € | 22.50% | 22.50% | 45.00% |
| 65.000 € - 72.000 € | 22.50% | 25.00% | 47.50% |
| 72.000 € - 100.000 € | 22.50% | 26.50% | 49.00% |
| 100.000 € - 150.000 € | 22.50% | 27.50% | 50.00% |
| 150.000 € - 200.000 € | 22.50% | 28.50% | 51.00% |
| 200.000 € - 300.000 € | 22.50% | 29.50% | 52.00% |
| 300.000 € - En adelante | 24.50% | 29.50% | 54.00% |
*Nota: El tipo marginal máximo del 54% es el más elevado de España. Se aplica únicamente al importe que exceda los 300.000€ anuales, no a la totalidad del salario.
Alivio fiscal para rentas medias y deducciones sociales
El diseño de la tabla muestra un claro enfoque en proteger a los salarios por debajo de los 30.000 euros. Para estos contribuyentes, los tipos autonómicos (que oscilan entre el 9% y el 14%) son inferiores a la parte estatal equivalente, generando un ahorro real mes a mes en la nómina.
Además de los tramos, la Generalitat Valenciana destaca por sus novedosas deducciones sociales. Los residentes en Alicante, Castellón y Valencia pueden desgravar gastos por dentista, cristales graduados, atención a la salud mental, e incluso las cuotas de gimnasios y clubes deportivos, siempre que su base liquidable no supere los 32.000€ (tributación individual).
Ejemplo Práctico: Cuánto IRPF pagas en Valencia con 28.000€ y 65.000€
Para ver el contraste de esta alta progresividad, analicemos dos escenarios comunes (contribuyente soltero y sin hijos):
Sueldo bruto de 28.000 euros
Con un salario de 28.000 euros, te sitúas en el quinto tramo. Tu tipo marginal es del 29,00% (15% estatal + 14% autonómico). Gracias a la rebaja en los primeros escalones, tu tipo medio de retención será competitivo frente al resto de España, permitiendo que tu sueldo neto sufra menos impacto por la inflación.
Sueldo bruto de 65.000 euros
A partir de los 60.000€, la curva de impuestos valenciana se empina drásticamente. En este nivel, tu último euro tributará al 46,50% (22,50% estatal + 24,00% autonómico). Un profesional con este nivel de ingresos soporta una mayor presión fiscal en la Comunidad Valenciana en comparación con regiones vecinas como Murcia o Andalucía.
Preguntas frecuentes sobre el IRPF en la Comunidad Valenciana
¿Cuál es el tramo más bajo de IRPF en la Comunidad Valenciana?
El tipo marginal mínimo combinado en la Comunidad Valenciana se sitúa en el 18,50% (9,50% estatal + 9,00% autonómico) para los primeros 12.450 euros, beneficiando directamente a las rentas más bajas tras las últimas rebajas de la Generalitat.
¿Han bajado el IRPF en la Comunidad Valenciana en 2025?
Sí, la Generalitat aplicó una reforma en la tarifa autonómica orientada a proteger a las rentas medias y bajas frente a la inflación, modificando los tramos inferiores y creando una estructura muy detallada de 14 escalones.
¿Cuál es el tipo máximo del IRPF en la Comunidad Valenciana?
La Comunidad Valenciana tiene el tipo marginal máximo más alto de España en la actualidad. Para rentas superiores a 300.000 euros, el tipo combinado asciende al 54,00% (24,50% estatal + 29,50% autonómico).
¿Existen deducciones por gastos de salud o deporte en Valencia?
Sí, la Comunidad Valenciana ha incorporado deducciones autonómicas novedosas por gastos vinculados a la salud bucodental, salud mental, óptica y práctica deportiva (gimnasios, federaciones), sujetas a límites de renta.